Priego Brito & Guzmán Juárez Abogados

Hoy 15 de abril del 2021 la revista Oil & Gas MAGAZINE publicó que:

Para realizar este trámite se presenta la demanda y el juez tienen 24 horas para admitirla. Si se solicita la suspensión se abren dos expedientes, el principal y el del incidente de suspensión. El juez emplazará a las autoridades que deberán rendir un informe justificado. Las partes ofrecen pruebas y alegatos. Se celebra una audiencia denominada audiencia constitucional con presencia o sin presencia de las partes. Después, el expediente se pone en estado de resolución que es la etapa en la que el juez emite sentencia.

¿Y la suspensión? Salvo ciertas excepciones definidas en la Ley de Amparo, quien promueve un juicio de amparo tiene que solicitar la suspensión si quiere evitar que el acto de autoridad impugnado se realice. En el caso de normas generales, como las analizadas en este caso, dicha suspensión consiste en “pausar” sus efectos, es decir, que la persona que promueve el amparo no tenga que actuar conforme a lo establecido en las normas impugnadas en tanto no sea resuelto en definitiva el juicio de amparo.

Por lo general, en cuanto recibe la demanda de amparo, el juez se pronuncia sobre la suspensión provisional que depende solo de la información proporcionada por el demandante. Posteriormente, se solicita informes a las autoridades demandadas, y después de determinado tiempo, con la información rendida por las autoridades, e incluso sin ella, resuelve en definitiva sobre la suspensión. En caso de que conceda la suspensión definitiva, la determinación subsiste todo el tiempo que dure el juicio de amparo, incluyendo la resolución del recurso de revisión, que es el medio utilizado para revisar la sentencia de un juez de distrito.

El interés legítimo

Por lo regular, la suspensión únicamente se concedía en los casos en que sus efectos beneficiarán a una persona en concreto, pues con base en el principio de relatividad los juzgadores estaban imposibilitados a concederla en los supuestos en que con esa determinación se beneficiara a personas ajenas al juicio de amparo. Sin embargo, con la introducción del concepto de interés legítimo, la forma en que los tribunales constitucionales conceptualizan dicho principio, se ha flexibilizado, por lo cual hoy día es común que los jueces suspendan normas con efectos generales, aunque con ello, beneficien a personas que no forman parte del juicio.

La introducción del interés legítimo también flexibilizó los efectos de las sentencias emitidas por el Poder Judicial Federal. Como en el caso de la suspensión, el principio de relatividad de las sentencias impedía conceder el amparo de forma tal que sus efectos beneficiaran a otras personas. Si una conducta establecida en una norma general era inconstitucional, cada persona que se encontrara en ese supuesto tenía que presentar su amparo y, aquellos que no lo hicieran, tenían que seguir guiando su conducta por una norma ya declarada inconstitucional.

Un ejemplo el caso de la RES/893/2020 de la CRE, en la que el juez otorgó el amparo para que dicha resolución, relativa a los cargos por el servicio de transmisión de energía eléctrica, no le sea aplicada al demandante, ni ahora ni nunca, mientras no sea modificada.

Con efectos generales

A partir de la reforma constitucional en derechos humanos, los jueces modulan los efectos de sus sentencias de forma menos estricta y, en ocasiones, al declarar inconstitucional una norma, lo hacen con efectos generales y no de forma exclusiva para el demandante.

Hay muchos ejemplos de amparos que tienen efectos generales y no solo benefician a quien los promueve en materia energética: la declaración de inconstitucionalidad de la modificación de la NOM-CRE-016-2018 o de la política de confiabilidad de Sener, solo por citar un par.

Un medio de defensa constitucional muy recurrido

Como se mencionó, las sentencias de los juicios de amparo se impugnan vía recurso de revisión, medio por el cual un tribunal jerárquicamente superior revisa lo resuelto por un juez. Por regla general, los tribunales colegiados de circuito son los que revisan las sentencias de los jueces. Sin embargo, en algunos casos sobre la constitucionalidad de normas generales, la Suprema Corte de Justicia es la que conoce de dicho recurso. Para el caso del juicio de amparo indirecto, en el recurso de revisión no hay reenvío, eso quiere decir, que si el tribunal que revisa la sentencia del juez encuentra un defecto en ella, en el sentido de que no estudió todos los argumentos hechos en la demanda, se encarga de estudiarlos directamente sin regresar el asunto para que el juez se ocupe y lo sustituye en la emisión de la sentencia. En suma, de esto se trata el juicio de amparo indirecto, un medio de defensa constitucional muy recurrido en fechas recientes para impugnar las determinaciones de los órganos en materia eléctrica. De ahí la importancia de conocer en términos.

https://www.oilandgasmagazine.com.mx/politica-energetica-amparo-indirecto-ii/

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