Priego Brito & Guzmán Juárez Abogados

De acuerdo con la Ley Federal de Trabajo, este es un tipo de trabajo especial, el cual se encuentra regulado en el capítulo XII desde el artículo 311 al 330.

La NOM-037, es la normatividad que regula el teletrabajo, el cual tiene como prinicipal distinición hacer HomeOffice, el propósito de esta implementación de la NOM-37 es regular este tipo de trabajo. Por lo que aquí te mencionamos las obligaciones que el teletrabajador debe de cumplir:

• Seguir la Política Interna que el patrón haya implementado, en la que se deben comtemplar las formas de comunicación, de supervisión, horarios de trabajo y de decanso, entre otras condiciones.
• Hacer posible los medios de verificación y supervisión dentro del lugar de trabajo a distancia.
• En caso de algún impedimento material o externo debes de notificar a la empresa.
• En caso de cambiar de domicilio que contemple cambiar tu lugar de trabajo también se debe de notificar.
• Deber cumplir con el cuidado y reguardo de los equipos y materiales que se te entreguen para fines de desarrollar el trabajo:

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