Priego Brito & Guzmán Juárez Abogados

El Artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo señala:

«Son obligaciones de los patrones: conceder a los trabajadores el tiempo necesario para el ejercicio del voto en las elecciones populares, los procesos de revocación de mandato y para el cumplimiento de los servicios de jurados, electorales y censales cuando esas actividades deban cumplirse dentro de sus horas de trabajo».

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