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ISSSTE alerta a sus pensionados por llamado falso a cumplir el pase de revista de supervivencia

Seguramente habrás visto algunas publicaciones que dicen que, de no pasar vigencia, te suspenderán la pensión por no cumplir con el trámite. Sin embargo, el ISSSTE ya desmintió esta noticia. En Unotv.com te contamos por qué.

Según estas publicaciones falsas, los pensionados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) deben pasar vigencia cada seis meses para verificar que siguen vivos y que no se esté haciendo fraude con su nombre, siendo ellos quienes reciben los recursos que les corresponden.

¿Pensionados del ISSSTE deben pasar trámite de supervivencia?

El ISSSTE ya desmintió esta información. Recordó que desde 2014 está suspendido el trámite de revista de supervivencia.

Por ello, sus pensionados no tienen que realizar nada en este sentido, pues incluso se afirmaba que los adultos mayores debían acudir a una oficia del instituto o representación diplomática, en caso de encontrarse en el extranjero.

Asimismo, la institución destacó que no existe ninguna razón por la cual será suspendido el pago de las pensiones, llamando a sus derechohabientes a no caer en este tipo de noticias falsas o desactualizadas.

¿Ya no existe el pase de revista?

Mientras ni el ISSSTE ni el IMSS solicitan a sus pensionados el pase de revista de supervivencia para continuar depositándoles la mensualidad, hay algunos bancos que sí piden que sus clientes que reciben pensión pasen revista cada año. Sin embargo, esto es sólo a través del teléfono, y depende de cada institución.

Lo anterior lo realizan bancos que administran recursos de pensiones, sobre todo cuando son de Afore. El instituto dejó de solicitar este trámite debido a que actualmente éste se lleva a cabo a través del cruce de información con el Registro Nacional de Población (Renapo).

¿Dónde sí hay pase de revista de supervivencia?

Por otra parte, los pensionados del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (Issfam) sí tienen obligación de pasar revista de supervivencia dos veces al año. Esto, para verificar que continúan recibiendo y aprovechando los recursos que les corresponden.

De acuerdo con el artículo 29 de la Ley del Issfam, así como el artículo 8 de su Reglamento, el personal militar en situación de retiro debe llevar a cabo este trámite durante marzo y septiembre de cada año. A excepción de los siguientes rangos, quienes están exentos de realizarlo:

  • Generales
  • Jefes
  • Almirantes
  • Capitanes

https://www.unotv.com/pensiones/issste-alerta-a-pensionados-por-llamado-falso-a-revista-de-supervivencia/

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