¿Sabías que? La participación del fiado en el procedimiento de reclamación de fianzas es imperativa, pues las instituciones de fianzas se encuentran obligadas a hacer del conocimiento del fiado la presentación de la reclamación y requerirle que proporcione la información y documentación con la que cuenta y que le sirva a la afianzadora para resolver sobre la procedencia de la reclamación.
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https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2028485
¿Sabías que? La Unidad de Negocio que reciba una solicitud de aplicación de Debida Diligencia Externa, en el ámbito de su competencia y bajo su responsabilidad por conducto del Enlace designado, verificará la Información Tipo proporcionada por la Gerencia Jurídica, analizarla y determinar el alcance de la información que resulta necesaria proporcionar a los Terceros con los que se pretende llevar a cabo un Acuerdo Comercial.
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