Priego Brito & Guzmán Juárez Abogados

¿Sabías que? El Contrato Colectivo de Trabajo 2013-2015 de Pemex permite que dos personas sean beneficiarias de un trabajador fallecido?

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha determinado que, según la cláusula 132 del Contrato Colectivo de Trabajo celebrado entre Pemex y su Sindicato de Trabajadores, dos personas que acrediten ser cónyuges de un trabajador fallecido pueden ser beneficiarias de sus prestaciones, incluso si una de ellas no fue designada previamente como tal.

Esto se aplica siempre que ambas personas puedan demostrar su estado civil mediante un acta de matrimonio válida. Esta disposición contractual, acordada por el Sindicato y Pemex, protege el núcleo familiar en caso de la muerte de un trabajador.

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