Priego Brito & Guzmán Juárez Abogados

La revictimización en la desaparición de mujeres

Revictimización en la desaparición de Mujeres

De acuerdo al prontuario estadístico de la Fiscalía General del Estado de Tabasco específicamente en la incidencia delictiva en el mes de enero del año 2024, sólo se encuentra denunciado un caso en todo el estado de feminicidio y dichas estadísticas no muestran el número de carpetas iniciadas por mujeres desaparecidas.

La revictimización o victimización secundaria, es la que surge a partir de que la persona que ha vivido una experiencia traumática, y al entrar en contacto con las autoridades o instituciones del estado, es receptora de tratos injustos e incluso puede ser criminalizada por el mismo acto del que fue receptora (Martorella, 2011).

Es decir la revictimización hace que la persona reviva el hecho traumático que ha vivido y nuevamente asuma su papel de víctima. Siendo esta vez “NO SOLO VÍCTIMA DE UN DELITO, SINO DE LA INCOMPRENSIÓN DE UN SISTEMA DE JUSTÍCIA”.

Es normal ver en las noticias en la actualidad la desaparición constante de personas, en este caso hablaremos de las mujeres, aquellas que a cualquier hora del día, de la noche, sin importar la vestimenta, el lugar donde hubiera estado (escuela, casa de familiares, casa propia, antros, cines, etc.), el grado académico, la edad, el nivel social y otros más, han sido víctimas de una conducta desplegada que ha atentado contra su vida, su libertad, su libertad psicosexual por mencionar algunos y que consisten en la desaparición, secuestro, trata de personas, feminicidio y sea cual fuere el tipo penal, han sido juzgadas por las instituciones que se encargan de investigar, por el simple hecho de haber salido al exterior.

Al llegar los familiares de las mujeres desaparecidas a las instituciones que deberían procurar seguridad, justicia, o simplemente recibir el cumplimiento de la norma constitucional de la cual son acreedores, se topan con una victimización secundaria realizada por la misma institución que se encarga de hacer la investigación del caso jurídico, para intentar lograr la localización de sus niñas, adolescentes o mujeres desaparecidas; dicha revictimización consiste en culpar a las mujeres desaparecidas, de su desaparición, esto se hace al señalar a la mujer en algunos casos por andar en lugares nocturnos a altas horas de la noche o madrugada, por vestir con ropa provocativa, por salir del lugar bajo los influjos del alcohol o alguna droga, o por el simple hecho de ser mujer, por mencionar algunos ejemplos, dichos comentarios pueden encontrarse en las notas publicadas de búsquedas de mujeres, y que seguramente han sido leídos por muchos navegadores del internet en todos los caso que se han promovido las búsquedas de mujeres desaparecidas en las redes sociales.

Desafortudamente este tipo de revictimización es cometida por el personal que se encarga de hacer justicia como policías, fiscales, jueces, peritos, criminólogos, funcionarios públicos, debido a la mala intervención en sus labores para brindar sus servicios, ya que son mal capacitados para atender situaciones en la búsqueda de mujeres desaparecidas.

Es decir, que a las puertas de la institución que en todos los casos será la Fiscalía, llegará un número de personas en situación de victimización (víctimas de un posible delito), con fuertes cargas psíquicas y afectivas, demandando atención y contención; por lo que el peso de esto, generará que tanto la institución, cómo sus miembros, desarrollen actitudes defensivas contra la Denuncia que realizan los familiares de la víctima ya sean de manera activa (actitudes y comportamientos agresivos), o pasiva (omisión de funciones, perdida de expediente o documentos, etc.) al no tener la estructura ni los medios adecuados para la tramitación y canalización de esta.

Esa Revictimización genera una pérdida de confianza en las instituciones y una pérdida de tiempo que es importantísimo en los casos de desaparición de mujeres, la aparición de nuevos sentimientos que afectan la estabilidad emocional (angustia, ansiedad, depresión) llevando a la persona a sentirse indefenso ante los delitos.

La importancia de la NO REVICTIMIZACIÓN es que la persona que llega a la institución en busca de ayuda, pueda sentir que tiene cierto control de la situación que está pasando y que podrá sobreponerse a lo que está viviendo en ese momento tan angustiante.

Es importantísimo no perder de vista que la policía y funcionarios dedicados a la administración de justicia tienen el papel más importante al evitar la revictimización de las personas que llegan a ellos a buscar ayuda. Para ello, brindarles capacitación es primordial, pero lo es también aplicar esas capacitaciones con todas las personas que llegan a las instituciones en busca de sus desaparecidas, es decir no basta con capacitarlos, sino con demostrar que los servidores públicos están poniendo en práctica dichas capacitaciones y deben ser los usuarios los únicos que puedan evaluar o confirmar el trato empático hacia ellos.

También es importante mencionar que los medios de comunicación (televisión, radio, actualmente el internet en las redes sociales) tienen un papel central en la revictimización. Los titulares  de periódicos, o notas en redes sociales buscan llamar la atención, y culpan a las víctimas y además cambian la narrativa de los hechos, favoreciendo conductas de revictimización. Aquí el Estado tiene, una vez más, la obligación de crear legislación y políticas que fortalezcan, alienten y brinden seguridad a los medios de comunicación a elaborar directrices adecuadas de difusión que contribuyan a erradicar la violencia en contra de la víctima y sus familiares.

El Estado está obligado a garantizar la debida diligencia de los procesos de justicia penales, y que, durante todo proceso de impartición de justicia con servidores públicos, éstos busquen no revictimizar a la víctima. Esto se puede lograr mediante la impartición de programas y capacitaciones que les eduquen en el tema y la evaluación constante por parte de los usuarios del sistema.

¡Que no te engañen, no fue tu culpa!

Cindy Fabiola Nicoli Pérez - Directora de Áreal Penal

Artículo redactado por:

Lic. Cindy Fabiola Nicoli Pérez
Directora de Áreal Penal

Compartir:

Más artículos

//
Soy asesor en Priego Brito, estoy para brindarle información, ¿en que temas está interesada/o?
👋 Hola, ¿que servcios necesita?