Estimados lectores aprovechando que el día de mañana se celebra el día de las madres, me es pertinente dedicar este artículo a las madres trabajadoras, las cuales hacen un 72.9 % de la fuerza laboral del país, esto claramente no lo dice un servidor si no el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en el país mas conocido por sus siglas (INEGI), dicha fuerza porcentual hace parte de 15 millones 785 mil “MADRES TRABAJADORAS”, lo que evidentemente hace que las madres que desempeñan o realizan un trabajo formal e informal, con dicho pago de su trabajo mantengan a sus familias, estudio de los hijos pago de servicios etc., Así como muchas son jefas de familia, las que llevan el sustento al hogar, del mismo modo se hace saber que las fuentes de trabajo tiene la obligación de respetar los derechos laborales en igualdad de condiciones a la madres trabajadoras ello es así toda vez que la propia Ley Federal del Trabajo en su artículo 170 y 172, habla expresamente de los derechos de las madres trabajadoras, de tales derechos desde luego surge el del permiso por “embarazo”, periodo de tiempo el cual es de seis semanas antes y seis semanas, posteriores al parto, de igual manera tienen el derecho en caso que sus hijos al momento de su nacimiento tenga algún tipo de capacidad diferente o incluso un tema de salud delicado, el permiso que deben tener es de al menos ocho semanas, posteriores al parto, desde luego.
Es preciso mencionar que las madres trabajadoras son una parte fundamental de la vida económica del país, como se puede apreciar en los números porcentuales ya mencionados, pero no todas las madres conocen a fondo a que tienen derecho bajo el amparo de la ley obrera, de tal modo que, en dichos derechos otorgados, deben saber que no puede perderse de su reconocimiento de antigüedad en la fuente de trabajo, ya que las prestaciones laborales de las que gozan las madres trabajadoras, son irrenunciables y no se pueden negociar, del mismo en su periodo de embarazo y en el particular de las madres trabajadoras que desempeñan funciones de cajeras en tiendas o supermercados, por mencionar algunos, deben gozar por cuenta de la fuente de trabajo y/o patrón de un número suficiente de asientos y sillas las cuales siempre deben estar a disposición de las madres trabajadoras, de tal modo que los derechos consagrados ya mencionados son de aplicación obligatoria y siempre en beneficio de las madres trabajadoras, no hay que perder de vista que muchas de ellas, no solo son jefas de casa, si no en varios casos las mismas tiene cargos de dirección, mando y de alta responsabilidad en sus trabajos lo que hace aún más loable, el esfuerzo de las madres trabajadoras, ello es así y se debe tener siempre en cuenta que del desempeño o sacrificios de muchas, se tienen el día de hoy doctores, ingenieros, arquitectos, médicos veterinarios, abogados, y diversos oficios, en los cuales nos desempeñamos algunos, el anterior articulo es un pequeño homenaje a nuestras madres trabajadoras que el día de mañana celebrarán su día, pero esto debe ser un reconocimiento diario a esa gran figura laboral que son las “MADRES TRABAJADORAS”…
Hasta aquí los comentarios de esta semana, nos leemos la próxima…