Priego Brito & Guzmán Juárez Abogados

¡Pruebas, Documentales Públicas y Privadas!

Una imagen realista horizontal de una sala de tribunal con documentos legales esparcidos sobre una mesa. La imagen muestra una mezcla de documentos públicos y privados, con algunos sellados y otros escritos a máquina o a mano, resaltando la importancia de estas pruebas en los procedimientos legales.

Estimados amigos (a), como cada semana es un gusto saludarles, deseándoles un excelente jueves, el tema que se comentará el día de hoy será, siguiendo la línea procesal de la semana pasada acerca de pruebas ofrecidas en los juicios laborales, las cuales se conocen como pruebas documentales privadas y públicas, ¿ustedes dirán y esas cuáles son? Bien  como todo proceso en los juicios las partes involucradas ofrecen las pruebas, probanzas o evidencias que estimen para acreditar su dicho ya sea el trabajador el despido o el pago de prestaciones extralegales, o diferencia salarial y el patrón para efectos de acreditar sus defensas como la inexistencia del despido,  el salario real, faltas actas de abandono y en fin lo que las partes del conflicto consideren en dichas pruebas, sin embargo las documentales tienen una diferencia una de otra y un peso legal diferentes entre sí; Bien las documentales privadas son eso documentos privados hechos creados, o que tiene estrecha relación con la organización de los particulares, dicho sea de paso documentos que son realizados por ellos, a efecto de sus propios procesos internos.

De las documentales públicas, dichos documentos son emitidos y/o creados, por entes u organizaciones gubernamentales, o con el carácter de publicas con los fines de su propia regulación y ellas son por citas ejemplos, informes dado por los órganos de seguridad social (Imss Infonavit y/o afores), liga del sistema de administración tributaria, para los efectos de los recibos (CFDI), o comprobantes fiscales,  así como la información que se envía por conducto de oficios rendidos a las autoridades judiciales en este caso H. Tribunales Laborales, Locales o Federales según sea el caso y son pruebas que al ser oficiales, dado que son emitidas por instancias públicas tiene un peso mayor o de relevancia plena para el efecto legal que se pretenda obtener, caso contrario de las documentales privadas ya que las misma al ser emitidas o elaboradas por los particulares, cuenta con características de poder ser objeto de refutar y objetar la autenticidad y procedencia de las mismas, dado también a ofrecer medios (legalmente llamados de perfeccionamiento), como el cotejo con su original de ser exhibida en fotocopia simple, o de ofrecer una prueba pericial la cual, vaya en caminada a desacreditar la existencia del documento en cuanto a la firma o datos que en el se desprenda y ello también es, valorado por la autoridad a través de un Juez o Jueza, según sea el caso, pero en un porcentaje menor de una prueba plena.

De lo antes mencionado amigos y amigas no significa que las pruebas documentales privadas, no se tengan relevancia, lógico es que de no ser sujetas alguna objeción o prueba de perfeccionamiento comentada, cuenta con relevancia siempre y cuando las mismas se encaminen o acrediten en su totalidad lo que con ellas se buscan, por tal razón debemos tener en cuenta que las pruebas vía documentales deben ofrecerse para defender o acreditar, lo que la parte que la haya ofrecido busque, o pretenda debiendo hacer saber que será estudiada y estimada con las características mencionadas.

 

Hasta aquí los comentarios de esta semana, nos leemos la próxima…

MD. Alberto Iduarte Aguilar - Director del Área Laboral

Artículo redactado por:

MD. Alberto Iduarte Aguilar
Director del área laboral

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