Priego Brito & Guzmán Juárez Abogados

Tanto la iniciativa privada, como la administración pública deben impartir capacitaciones, la finalidad es simple, el mejoramiento, crecimiento y desarrollo de la entidad o la empresa; la seguridad del pueblo o del recurso humano, la búsqueda de la calidad y la excelencia de los ciudadanos y los servicios. 

La iniciativa privada encuentra esta obligación en el Derecho del Trabajo y la previsión social, fundada en el artículo 123 de nuestra Constitución, cuyo contenido identifica el derecho del trabajo con el derecho social.

El articulo 123 menciona:

«Las empresas cualquiera que sea su actividad, estarán obligadas a proporcionar a sus trabajadores, capacitación o adiestramiento para el trabajo. La ley reglamentaria determinará los sistemas, métodos y procedimientos conforme a los cuales los patrones deberán cumplir dicha obligación».

La Ley Reglamentaria a la que hace referencia a la capacitación y el adiestramiento:

«Todo trabajador tiene el derecho a que su patrón le proporcione capacitación o adiestramiento en su trabajo que le permita elevar su nivel de vida y productividad».

En Priego Brito® ofrecemos las siguientes capacitaciones integrales en diversas áreas del conocimiento relacionadas con la empresa como:

  • Fiscal
  • Costos
  • Laboral
  • Derecho Preventivo
  • Prevención del delito
  • Delitos patrimoniales
  • Recursos humanos
  • Comercio exterior
  • Contabilidad y finanzas
  • Derechos de vía y marítimo
  • Ingeniería Industrial y Petroquímica
  • Administración y Alta Dirección
  • Energías renovables, petróleo y gas
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